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Revista Ingeniería de los Recursos Naturales y del Ambiente - EIDENAR

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Revista EJEMPLAR 12 - Enero-Diciembre 2013
 

DISTRITOS DE MANEJO INTEGRADO: ESTRATEGIA DE CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN SOSTENIBLE DE LA BIODIVERSIDAD

Districts integrated management: conservation strategy and sustainable use of biodiversity

 

*Recibido:Agosto 1 2013

*Aceptado13 Septiembre 2013

 

Lizeth Molina Acosta, M.Sc.
Profesora
Facultad de Ciencias Ambientales
Universidad de la Costa, Barranquilla, Colombia,

 

lmolina13@cuc.edu.co


 

 

RESUMEN


La conservación de la biodiversidad enfrenta nuevos retos debido al reconocimiento de la relación estrecha entre ésta y el bienestar del hombre; el concepto de parques sin gente se considera excluyente y plantea cuestiones de justicia social y equidad debido a que muchas de estas áreas son habitadas por comunidades tradicionales e indígenas que dependen directamente del uso de los recursos. El nuevo paradigma de conservación incluye el ser humano dentro del sistema socio- ecológico, basado en el hecho de que muchas de estas comunidades siguen tradiciones sustentables, siendo necesario mantener estas prácticas dentro de las áreas a conservar, de manera que la producción de estas sea sostenible y compatible con su conservación, al mismo tiempo que mejore las condiciones de vida de sus habitantes. Los Distritos de Manejo Integrado (DMI) se presentan en Colombia como modelos de aprovechamiento racional, permitiendo actividades encaminadas a garantizar el bienestar económico, social y cultural del hombre mediante la utilización sostenible de los recursos. En este artículo se expone la importancia del nuevo paradigma de conservación, se explica la categoría de DMI en Colombia como estrategia de conservación y uso sostenible y se presenta la experiencia del DMI Luriza, en el departamento de Atlántico.


Palabras clave


Áreas Protegidas, Distritos de Manejo Integrado, Conservación, Utilización Sostenible.


ABSTRAC


The conservation of biodiversity is facing new challenges due to the recognition of the close relationship between it and the man welfare, the concept of parks without people consider exclusive and raises issues of social justice and equity, because many of these areas are inhabited for traditional and indigenous communities who depend directly on the use of resources. The new conservation paradigm includes humans within the socio-ecological system, based on the fact that many of these communities have sustainable traditions, being necessary to maintain these practices within the areas to be preserved, so that the production of these is sustainable and support conservation while improving the living conditions of its inhabitants. Integrated Management Districts (DMI ) are presented in Colombia as models allowing rational use activities to ensure economic, social and cultural man welfare through the sustainable use of resources. This article will present the importance of the new conservation paradigm; the category of DMI in Colombia will be explained as a strategy for conservation and sustainable use as well as the experience of DMI Luriza, Atlantic is presented.


Keywords

Protected Areas, Integrated Management Districts, Conservation, Sustainable Use.

 

1. INTRODUCCIÓN


El reconocimiento de la biodiversidad como la base del bienestar y calidad de vida del hombre y no solamente como expresión de las diferentes formas de vida ha tomado mayor auge en las últimas décadas. La sociedad ha logrado comprender de mejor forma la relación directa que existe entre la salud y el desarrollo humano, su seguridad y cultura y la biodiversidad, entendiendo de esta manera que los sistemas humanos y naturales constituyen sistemas socio-ecológicos (PNUMA, 2007; Ostrom, 2007).

Por conservación in situ se entiende la conservación de los componentes de la diversidad biológica en sus entornos naturales, tales como hábitats naturales y áreas protegidas (IIAP, 2004), permitiendo mediante ésta la protección de ecosistemas completos (Frankel, 1977), convirtiéndose en una herramienta del Estado que contribuye a la preservación del patrimonio biológico y cultural (CGPCH, 2008) .Las formas más seguras de conservación in situ continúan siendo los sistemas de áreas naturales protegidas, que aún en épocas críticas, poseen mejores garantías de integridad (Linares, 1996). En este sentido, las áreas protegidas han demostrado tener varias funciones inestimables para la conservación de la biodiversidad, la prestación de servicios ecosistémicos y un rol crucial en la mitigación al cambio climático (Elbers, 2011).

Un área protegida es un espacio geográfico claramente definido, reconocido, dedicado y gestionado, mediante medios legales u otros tipos de medios eficaces para conseguir la conservación a largo plazo de la naturaleza y de sus servicios ecosistémicos y sus valores culturales asociados (Dudley, 2008); estas áreas son percibidas como el mecanismo central para prevenir la pérdida de especies y hábitats (PNUMA, 2012).

Considerando que América Latina y El Caribe cuentan con la mayor diversidad de especies y ecosistemas del mundo, la cual constituye un gran potencial para el desarrollo, siendo responsabilidad de la región su preservación debido al intenso deterioro en ecosistemas críticos con riesgo para la biodiversidad, y que los ecosistemas mejor conservados son habitados por comunidades indígenas y campesinas que viven en la pobreza extrema, resulta urgente emprender acciones regionales que garanticen el detenimiento e incluso la reversión de los intensos procesos de deterioro en áreas estratégicas por su riqueza y servicios ambientales, de manera que la producción de estas áreas sea sostenible y, por lo tanto, compatible con su conservación, al mismo tiempo que mejora las condiciones de vida de sus habitantes (CEPAL et al., 2002).


2. EL NUEVO PARADIGMA DE CONSERVACIÓN


Hasta hace pocos años, en América Latina se siguió el modelo estadounidense de gestión de las áreas protegidas basado en la responsabilidad exclusiva del Estado de vigilar y proteger amplios espacios excluidos del aprovechamiento comercial con el propósito de salvaguardar ecosistemas de alto valor por su diversidad biológica. En este modelo, la presencia humana, tanto al interior de las áreas como en sus zonas protegidas, era considerada como una amenaza para los objetivos de protección y por ello, las acciones de conservación se orientaron a la implementación de estrategias coercitivas y de control de las actividades antropogénicas. Precisamente como resultado de este enfoque nace el concepto de parques sin gente, los cuales fueron manejados como islas ajenas a las dinámicas locales y regionales (Barragán, 2008).

Las áreas protegidas no deberían ser entendidas como espacios sin uso o sin productividad; por el contrario, son espacios económicamente muy activos dentro del ordenamiento territorial de las diferentes formas de uso que una sociedad hace de la superficie del planeta que le ha tocado administrar para vivir. Se puede decir que son “activos” sociales importantes para mantener funcionando la economía de la región, en particular si ésta está vinculada directamente a los recursos naturales como insumos o medios de producción (Arguedas, 2004).

Ahora bien, si se toman las cifras de las áreas bajo protección estricta como referencia, como es frecuentemente recomendado por los científicos, ello implicaría, a grandes rasgos, la necesidad de declarar áreas protegidas sobre aproximadamente tres millones de kilómetros cuadrados en el mundo. ¿Dónde pueden tales superficies encontrarse de manera que sean ecológicamente representativas? Hablando en general, no existen más áreas en el planeta con biodiversidad significativa que al mismo tiempo estén “vacías” de seres humanos; sobre todo en el mundo en desarrollo, las áreas con potencial para protección de biodiversidad se encuentran habitadas o son usadas por pueblos indígenas y tradicionales (Oviedo, 2004).
A partir del reconocimiento de los problemas existentes, se constatan cambios en el modelo tradicional que inciden directamente sobre los valores y prácticas de la gestión de las áreas protegidas y que han dado paso a lo que se conoce como el nuevo paradigma, que toma en cuenta los contextos socio-políticos y privilegia la participación y construcción de consensos con los diversos actores (Barragán, 2008; Philips, 2003). Este nuevo modelo no sólo pretende lograr mayores niveles de eficacia en la gestión, sino que procura contar con mayores niveles de sensibilidad social e integrar una ética de la conservación, con principios de equidad social e interculturalidad (Barragán, 2008).

Este concepto de nuevo paradigma de las áreas protegidas ha sido discutido por varios autores, sin que resulte ambiguo el modelo tradicional de conservación, ya que, por supuesto, las áreas más o menos aisladas deben ser convertidas en reservas o espacios protegidos y una relativa exclusión antrópica a veces requiere un esfuerzo mínimo y resulta muy conveniente, aunque serían supuestos excepcionales y muy limitados, ya que el uso humano tradicional y sostenible es no solamente compatible con la preservación sino a veces consustancial con la forma del área a preservar (Martínez, 2006). Por lo tanto, se propone que lo que hay que preservar no son zonas aisladas y desconectadas del hombre, sino tramas, corredores de los ecosistemas, procesos de la naturaleza, y todo de modo que se vincule la conservación con los habitantes de las zonas, contando con ellos (Martínez, 2006; López, 1994).

Enfoques excluyentes no tienen en cuenta las consecuencias sociales de la prohibición de los habitantes locales del acceso a los recursos. A menudo, los parques se crean en zonas donde los pobres dependen de los recursos naturales para su subsistencia, por lo que la gestión excluyente plantea cuestiones de justicia social y equidad (Nagendra et al., 2007).

En América Latina, el manejo conjunto de recursos naturales se ha promovido producto de la implementación de procesos de reforma del Estado, la imposibilidad de los gobiernos por garantizar una custodia responsable y un uso sostenible de los ecosistemas y recursos naturales patrimoniales y, por los constantes conflictos socios ambientales entre el Estado y usuarios locales por el acceso a recursos naturales. En menor medida, otro elemento que ha posibilitado el establecimiento de procesos colaborativos, ha sido el reconocimiento de los derechos de las comunidades y pueblos tradicionales de participar en los procesos de toma de decisiones y recibir beneficios de la gestión de los recursos naturales o áreas silvestres protegidas (Fonseca, 2004).


3. El ENFOQUE DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLOÓGICA


El Convenio Sobre la Diversidad Biológica (CDB) reconoce la existencia de una relación estrecha y una tradicional dependencia de muchas comunidades locales y poblaciones indígenas, cuyos sistemas de vida están basados en el aprovechamiento de los recursos biológicos, existiendo una necesidad de utilizar prácticas pertinentes para la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes. Este conocimiento tradicional ha dado lugar a lo que hoy es reconocida como la gestión sostenible del medio ambiente (PNUMA, 2007); asímismo reconoce que la gente forma parte integral de los ecosistemas y que las condiciones cambiantes de las sociedades humanas son los impulsores directos e indirectos de las dinámicas de los ecosistemas, que a su vez son responsables por los cambios en el bienestar de nuestra especie (Naranjo, 2012).

En concordancia con lo expuesto, el CDB establece medidas generales para la conservación in situ y utilización sostenible de la diversidad biológica que cada parte contratante debe establecer.

Entre las medidas de conservación se destacan el establecimiento de un sistema de áreas protegidas y la elaboración de directrices para su selección, establecimiento y ordenación; la reglamentación y/o administración de los recursos biológicos para garantizar su conservación y utilización sostenible; la rehabilitación y restauración de ecosistemas degradados y especies amenazadas; y. la creación de legislación necesaria para su protección.

Como medidas de utilización sostenible, el CDB promueve: el desarrollo ambientalmente adecuado y sostenible en zonas adyacentes a áreas protegidas, con miras a aumentar la protección de esas zonas; el establecimiento de condiciones necesarias para armonizar los usos actuales con la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes; el respeto, preservación y mantenimiento de los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales con estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, promoviendo su aplicación más amplia, la cooperación entre las autoridades gubernamentales y el sector privado en la elaboración de métodos para la utilización sostenible de los recursos biológicos (ONU, 1992).


4. EL DISTRITO DE MANEJO INTEGRADO COMO NUEVO PARADIGMA DE CONSERVACIÓN EN COLOMBIA


Como parte contratante, Colombia, ratificó el CDB mediante la Ley 165 de 1994, con base en la cual se formuló la Política Nacional de Biodiversidad y se adquirió el compromiso de conformar y consolidar un Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

Entre los principios en que se fundamenta la Política Nacional de Biodiversidad, aprobada por el Consejo Nacional Ambiental en 1995, se encuentran que la biodiversidad es patrimonio de la nación y tiene un valor estratégico para el desarrollo presente y futuro de Colombia; los beneficios derivados del uso de los componentes de la biodiversidad deben ser utilizados de manera justa y equitativa en forma concertada con la comunidad; estos principios declaran el equilibrio que debe existir entre el desarrollo de una región y la conservación de sus recursos naturales, resultando necesario crear espacios que permitan la ejecución de ambas acciones de manera balanceada, y sustentable (Consejo Nacional Ambiental, 1995; Congreso de la República de Colombia, 1993).

Esta política está fundamentada en tres estrategias: la conservación, que incluye las medidas de conservación in situ a través del sistema de áreas protegidas, la reducción de los procesos y actividades que causan pérdida o deterioro de la biodiversidad y la recuperación de ecosistemas degradados y especies amenazadas; el conocimiento, que abarca la caracterización de componentes de la biodiversidad en los niveles ecosistémicos, de poblaciones, especies y el nivel genético y la recuperación del conocimiento y las prácticas tradicionales; y, la utilización sostenible de la biodiversidad, que busca promover el uso de sistemas sostenibles de manejo, apoyar y promover el establecimiento de bancos de germoplasma y programas de biotecnología, diseñar e implementar sistemas de valoración multicriterio de la biodiversidad y mecanismos para la distribución equitativa de beneficios derivados de su uso.

Según la Ley 165 de 1996, un área protegida es aquella área definida geográficamente que haya sido designada o regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos específicos de conservación (Congreso de la República de Colombia, 1993). En el Código de Recursos Naturales Renovables (CRN), las áreas protegidas existían bajo la figura de “reservas de recursos naturales” y “áreas de manejo especial”; estas últimas definiéndolas como las que se delimitan para administración, manejo y protección del ambiente y de los recursos naturales renovables, cuya creación deberá tener objetos determinados y fundarse en estudios ecológicos y económicos – sociales (Presidencia de la República de Colombia, 1974).

Para entonces las figuras o categorías que integraban las áreas de manejo especial eran los Distritos de Manejo Integrado (DMI), las Áreas de Recreación, las Cuencas Hidrográficas, los Distritos de Conservación de Suelo y el Sistema de Parques Nacionales Naturales.
El Decreto 1974 de 1989 reglamentó el Artículo 310 del CRN relativo a los DMI y los definió como un espacio de la biosfera (espacio de la tierra con su contenido biótico y abiótico) que, por razón de factores ambientales o socioeconómicos, se delimita para que, dentro de los criterios del desarrollo sostenible, se ordene, planifique y regule el uso y manejo de los recursos naturales renovables y las actividades económicas que allí se desarrollen (Presidencia de la República de Colombia, 1989).

Con la entrada en vigencia del Decreto 2372 de 2010 se establecieron los objetivos, criterios, directrices y procedimientos para la selección, establecimiento y ordenación de las áreas protegidas y se definieron, además, algunos mecanismos que permiten una coordinación efectiva del SINAP.

En adelante existen dos categorías de áreas protegidas: las Áreas Protegidas Públicas y las de caracter privado. Las áreas protegidas públicas incluyen: las Áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales, las Reservas Forestales Protectoras, los Parques Naturales Regionales, los Distritos de Manejo Integrado (DMI), los Distritos de Conservación de Suelos y las Áreas de Recreación. Como áreas protegidas de Carácter Privado se encuentran todas aquellas áreas que han sido registradas como Reservas Naturales de la Sociedad Civil (MAVDT, 2010).

A la luz del Decreto 2372 de 2010, los DMI se definen como un espacio geográfico, donde los paisajes y ecosistemas mantienen su composición y función, aunque su estructura haya sido modificada, y cuyos valores naturales y culturales asociados se ponen al alcance de la población humana para destinarlos a su uso sostenible, preservación, restauración, conocimiento y disfrute. La delimitación de esta categoría tiene como objetivo ordenar, planificar y regular el uso y manejo de los recursos naturales renovables y las actividades económicas que allí se desarrollen, dentro de los criterios de desarrollo sostenible (MAVDT, 2010). Esta categoría de manejo proporciona estrategias de conservación para detener la pérdida de biodiversidad y, además, le permite a la población generar estrategias productivas sostenibles para mejorar la calidad de vida (Calero, 2009).

A partir del contexto del nuevo paradigma de conservación expuesto inicialmente y a la luz de nuestra legislación ambiental, la categoría de los DMI es la única categoría de las áreas protegidas concebidas como modelos de aprovechamiento racional. Las actividades económicas están encaminadas a garantizar el bienestar económico, social y cultural del hombre mediante la utilización sostenible de los recursos, entendiéndose por “utilización sostenible” la utilización de componentes de la diversidad biológica de un modo y a un ritmo que no ocasione la disminución a largo plazo de la diversidad biológica, con lo cual se mantienen las posibilidades de ésta de satisfacer las necesidades y las aspiraciones de las generaciones actuales y futuras (ONU, 1992), siendo coherente con la obligación del Estado de proteger la diversidad e integralidad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos, así como el deber de planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución (Constitución Política de Colombia, 1991).

Una opinión que difiere con la inclusión de los DMI como categoría de área protegida, señala que no se justifica mantener vigente esta figura dentro de aquellas que se denominan de protección ambiental (que por principio debe ser excepcional y selectiva) cuando ésta tiene una finalidad similar a la de los planes de ordenamiento territorial que deben promulgar los municipios, previa concertación con la autoridad ambiental (Álvarez, 2012). Sin embargo, entre los principios y reglas establecidas como fundamento para el establecimiento, desarrollo y funcionamiento del SINAP se encuentra el reconocimiento, tanto de los cambios intrínsecos que sufren la biodiversidad como de los producidos por causas externas a ésta, lo cual implica que el SINAP debe ser flexible y su gestión debe ser adaptativa frente al cambio, sin detrimento del cumplimiento de los objetivos específicos de conservación (MAVDT, 2010).

Para que un área sea identificada y delimitada como DMI debe cumplir con los siguientes requisitos (Presidencia de la República de Colombia, 1989).

1. Que posea ecosistemas que representen rasgos naturales inalterados o ecosistemas alterados de especial singularidad, pero susceptibles de recuperación y que beneficien directa o indirectamente a las comunidades locales o regionales.

2. Que la oferta ambiental o de recursos dentro del futuro DMI permita organizar prácticas compatibles de aprovechamiento de los recursos naturales con el propósito de garantizar su conservación y utilización integral.

3. Que exista la factibilidad de mantener las condiciones actuales de los ecosistemas no alterados y la estabilidad de las zonas de recuperación.

4. Que ofrezca condiciones para desarrollar de manera continua labores de educación, investigación, capacitación y divulgación sobre la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y de los recursos naturales renovables, así como de actividades para la población.

5. Que incluya, en lo posible, espacios con accidentes geográficos, geológicos, paisajísticos de características o bellezas excepcionales y elementos culturales que ejemplaricen relaciones armónicas en pro del hombre y la naturaleza.

6. Que represente, en lo posible, ecosistemas naturales o seminaturales inalterados o con alteraciones que en su conjunto no superen el 50% del total de su superficie.

La declaratoria de un DMI requiere la elaboración de un estudio preliminar y un plan de actividades para el corto plazo. La competencia para su declaratoria es de las Corporaciones Autónomas Regionales y puede hacerse de oficio o por iniciativa particular. Una vez declarado el DMI, la autoridad ambiental cuenta con 18 meses para elaborar el plan integral de manejo, que debe ser aprobado por el consejo directivo de la entidad. Este plan debe contener, como mínimo, una reseña histórica, la justificación, el diagnóstico socioeconómico y ambiental, el ordenamiento territorial, la zonificación, las condiciones para el aprovechamiento y manejo de los recursos naturales renovables para cada unidad territorial que se abarque, los programas y proyectos a ejecutar, el presupuesto, el plan de inversiones, un esquema institucional de ejecución y coordinación, así como los mecanismos para su evaluación y seguimiento (Álvarez, 2011).

El DMI, como categoría de las áreas protegidas del SINAP, deberá zonificarse con fines de manejo, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos de conservación. En esta zonificación se contempla (MAVDT, 2010):

a. Zona de preservación, donde el manejo está dirigido ante todo a evitar su alteración, degradación o transformación por la actividad humana. Esta zona se debe mantener como intangibles para el logro de los objetivos de conservación.

b. Zona de restauración, dirigida al restablecimiento parcial o total a un estado anterior de la composición, estructura y función de la diversidad biológica. En estas zonas se pueden llevar a cabo procesos inducidos por acciones humanas, encaminados al cumplimiento de los objetivos de conservación del área protegida, estas zonas pueden ser transitorias hasta que se alcance el estado de conservación deseado y conforme los objetivos de conservación del área, caso en el cual se denominará de acuerdo con la zona que corresponda a la nueva situación.

c. Zona de uso sostenible, incluye los espacios para adelantar actividades productivas y extractivas compatibles con el objetivo de conservación del área protegida.
d. Zona general de uso público, son aquellos espacios definidos en el plan de manejo con el fin de alcanzar objetivos particulares de gestión a través de la educación, la recreación, el ecoturismo y el desarrollo de infraestructura de apoyo a la investigación.

Actualmente, según datos del Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), en Colombia existen 52 áreas protegidas bajo la categoría de DMI.


5. EXPERIENCIA DEL DMI LURIZA, ATLÁNTICO, EN LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE CONSERVACIÓN Y DE USO SOSTENIBLE.


El DMI Luriza se encuentra ubicado en el municipio de Usiacurí, departamento del Atlántico; corresponde a la microcuenca del arroyo Luriza, el cual desemboca en el embalse El Guájaro que hace parte de la cuenca hidrográfica del Canal del Dique. Este DMI fue la primera área protegida declarada en el departamento del Atlántico mediante el Acto Administrativo No. 003 de 2011(FES, 2011).
El ecosistema presente corresponde a un fragmento de bosque seco, medianamente conservado, y representa uno de los mejores relictos de bosque seco del fepartamento del Atlántico. Este ecosistema se caracteriza por presentar altos grados de endemismo y especiación, así como la producción de suelos fértiles y madera; lo que demuestra su gran importancia biológica y hace evidente los beneficios para el desarrollo de comunidades humanas que lo habitan (IAVH, 1997; IAVH, 2005).
El área de 837,17 ha está habitada aproximadamente por 55 personas, representadas en 17 familias, quienes ocupan el lugar más conservado de la zona, y tienen una clara apropiación territorial; por esta razón fueron actores fundamentales para la construcción de estrategias de manejo y conservación del área, que a su vez los apoye con una mejor calidad de vida (Álvarez, 2011).
Los principales problemas ambientales en el DMI Luriza, identificados mediante visita al área y análisis de documentación suministrada por la Corporación Autónoma Regional CAR Bajo Magdalena, son:

- La deforestación, causada principalmente por la extracción con fines comerciales (venta de madera fina y blanda, producción de carbón vegetal), domésticos (construcción de viviendas y potreros), satisfacción de necesidades de producción de energía (leña y carbón) y conversión de cobertura boscosa a pastizales con fines agrícolas y ganaderos.
- Uso de productos químicos en la agricultura (fungicidas, herbicidas e insecticidas), producto de la mecanización y la técnica en la agricultura.
- Inadecuada disposición de los residuos sólidos y líquidos, y la quema de residuos en el arroyo Luriza.
- La caza de especies de fauna con fines de sustento de los pobladores, como práctica recreativa entre los niños, para su extracción y venta, y como medida de protección de las cosechas.
Los impactos más relevantes asociados, a estos problemas, son:
- Ausencia total en el área de maderas valiosas explotables económicamente.
- Despoblación de zonas de árboles de madera blanda (árboles de mango).
- Pérdida de vegetación arbórea de los arroyos, convirtiéndolos en lechos sin vida, incapaces de evacuar las aguas lluvias y de escorrentía.
- Disminución de los caudales de los arroyos y secamiento de los mismos.
- Desertización y/o erosión del suelo.
- Disminución y desaparición de fauna.
- Desbalance de tierras.
- Fragmentación del bosque.
- Pérdida de bienes y servicios ambientales.
- Toxicidad en la microfauna del suelo.
- Efectos adversos en la macrofauna especialmente en las aves.
- Disminución o agotamiento de la fauna ictiológica.
- Contaminación de las aguas del arroyo Luriza, que a su vez abastece a la comunidad que habita en el área.

Para efectos de planificación y ordenamiento del área protegida, en el Plan de Manejo Ambiental del DMI Luriza, se identificaron siete objetos de conservación: cuatro de nivel ecosistémico (NEc), uno de especies (NE) y dos culturales(NC), asegurando así un equilibrio entre la conservación de los bienes y servicios ambientales del área y de las actividades sustentables, como estrategia de conservación de las primeras, y de promoción, impulso y estímulo de las segundas. Dichos objetos de conservación son: Bosque seco Tropical (Bs-T) (NEc), Cuerpos de agua (NEc), Comunidades de Aves típicas del Bs-T (NEc), Fauna objeto de cacería (NEc), Tradición Artesanal (NC), Conocimientos Ancestrales de Plantas y Aguas Medicinales (NC) y Aspidospermapolyneuron (N.V. Carreto) (NE).
Una vez identificados los objetos de conservación, se establecieron las estrategias a seguir y se definieron las acciones encaminadas a garantizar el mantenimiento de las características ecológicas mediante un adecuado manejo y administración de los recursos naturales y un uso sostenible por parte de la comunidad que allí habita.
1. Objeto de conservación: Bosque Seco Tropical.
Objetivos: Restauración de 100% de cobertura vegetal del Bs-T.
Estrategia de conservación: Actividades de reforestación en las zonas deforestadas o vulnerables con procesos de erosión; adecuación y mantenimiento de los senderos ecológicos establecidos para la zona; monitoreo, control y vigilancia las cuales permiten reducir notablemente las acciones de cacería ilegal, así como de tala y otros usos prohibidos y restringidos y, creación de la Ludoteca Ambiental DMI Luriza, como espacio destinado a promover la apropiación de la biodiversidad y cuidado del área.
Estrategia de uso sostenible: Promoción e implementación de técnicas limpias, proyectos productivos con buenas prácticas de agricultura; programa de reconversión de ganadería extensiva a ganadería ecológica bajo sistemas silvopastoriles que procuren incrementar la cobertura y estructura ecológica de la vegetación; mejoramiento de la producción pecuaria en las fincas ya existentes de manera que se elimine la necesidad de expandir potreros; implementación del ecoturismo como proyecto productivo alternativo y, construcción de huertas caseras con cultivos para autoconsumo.
2. Objeto de conservación: Cuerpos de agua.
Objetivos: Manejo adecuado de residuos sólidos y líquidos en la microcuenca del arroyo Luriza.
Estrategia de conservación: Campañas educativas que generen conciencia sobre los efectos ambientales de la inadecuada disposición de residuos sólidos y sobre el reciclaje y compostaje y el uso de abonos orgánicos.
Estrategia de uso sostenible: Sistemas productivos de aprovechamiento de residuos plásticos; conversión de cocinas tradicionales a cocinas ecológicas por medio del sistema Bindes en barro; separación y recolección de residuos sólidos; y elaboración de compostaje con residuos orgánicos y desechos de animales domésticos.
3. Objeto de conservación: Comunidad de aves típicas de Bs-T y fauna cinegética.
Objetivos: Reducción de la cacería de especies de fauna.
Estrategia de conservación: Identificación y establecimiento de un sistema de monitoreo de especies cinegéticas.
Estrategia de uso sostenible: Ninguna identificada.
4. Objeto de conservación: Tradición artesanal con la Iraca.
Objetivos: Establecer la cadena productiva en cuanto a la producción de artesanías de Iraca.
Estrategias de uso sostenible: Identificación y estudio de un área que cuente con las condiciones necesarias y adecuadas para el cultivo de la palma de iraca como materia prima artesanal; organización de productores de materia prima de Iraca; capacitaciones tecnificadas en el cultivo de Iraca; establecimiento de una cadena productiva en torno a la producción de artesanía de palma iraca; y, fortalecimiento de la tradición artesanal de la palma de iraca.
5. Objeto de conservación: Conocimiento ancestral de plantas y aguas medicinales.
Objetivos: Implementación de huertas caseras de plantas medicinales.
Estrategias de uso sostenible: Identificación de plantas medicinales y evaluación de su uso; talleres de transmisión del conocimiento sobre medicina natural comunitaria; y, construcción de huertas caseras de plantas medicinales con proyección para comercialización.
6. Objeto de conservación: Especie de Carreto.
Objetivos: Recuperación de la especie.
Estrategias de conservación: Estudio poblacional de la especie y sistemas de control y vigilancia dentro y fuera del DMI.
Estrategias de uso sostenible: Enriquecer la población de Carreto, mediante su reproducción en viveros locales.

6. CONCLUSIÓN

 

Un nuevo modelo de conservación de áreas protegidas es funcional siempre que la comunidad asentada en éstas sea involucrada en los procesos de conservación y utilización sostenible de sus recursos. Los DMI son la figura que consolida el nuevo paradigma de estos sistemas socio - ecológicos, el cual es cada vez más necesario adoptar en las formas de manejo dado a las áreas protegidas. Una sociedad en continuo desarrollo y que a su vez requiere y depende de una biodiversidad disponible para la satisfacción de sus necesidades, necesita establecer espacios que conjuguen este equilibrio. La figura de los DMI es entendida como espacios activos importantes para mantener funcionando la economía de una región. En la experiencia del DMI Luriza, la comunidad ha jugado un rol importante, en parte debido a la apropiación que ésta tiene del lugar, permitiendo que de manera conjunta se adopten las estrategias necesarias que conlleven a la recuperación, conservación y desarrollo económico tendientes a mejorar su calidad de vida.
Como pudo observarse, muchos de los problemas ambientales en el DMI Luriza están asociados a las actividades de sus moradores, contrariando el común de que las comunidades tradicionales e indígenas tienen formas de vida sustentables, por lo cual la estrategia de campañas educativas que generen conciencia sobre los efectos ambientales que ocasionan algunas de sus prácticas ha sido el factor clave que ha permitido modificar muchas de las conductas depredadoras que éstos tenían, logrando apoyo significativo en los esfuerzos de recuperación de zonas afectadas sin que las necesidades básicas de estos moradores se hayan visto afectadas. Para concluir, las áreas protegidas no deberían ser entendidas como espacios sin uso o sin productividad; por el contrario, son espacios económicamente muy activos dentro del ordenamiento territorial de las diferentes formas de uso que una sociedad hace de la superficie del planeta que le ha tocado administrar para vivir. Son los DMI la figura dentro de las categorías de áreas protegidas que se destacan por promover este modelo racional de aprovechamiento de los recursos naturales.


7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Álvarez, G. (2011). Las áreas protegidas en Colombia. Universidad externado de Colombia.

Arguedas, S. (2004). Aspectos generales y modelos de manejo de áreas protegidas. En ORGANIZACION PARA ESTUDIOS TROPICALES . Arguedas, M. E.; Castaño, B. L. y Rodríguez, J.M., Editores. Organización para Estudios Tropicales. Programa de Política y Ciencias Ambientales. San José.

Barragán, L. (2008). Pueblos Indígenas y Áreas Protegidas en América Latina. Fortalecimiento del manejo sostenible de los recursos naturales en las Áreas Protegidas de América Latina. Editorial: D – FAO. Italia.

Calero, L. (2009). Sostenibilidad. Estrategia para la implementación del SIRAP Caribe. Publicado en la Revista Atlántico Verde, Octubre 2009. Corporación Autónoma Regional del Atlántico CRA- Sistema Departamental de Áreas Protegidas del Atlántico pág. 20-21.

CEPAL-PNUMA-ORPALC (2002). La sostenibilidad
del desarrollo en América Latina y el Caribe. Desafíos y oportunidades. LC/G.2145/Rev.1-P/E. No. 68, Santiago.

Consejo Nacional Ambiental (1995) Política Nacional de Biodiversidad. Resumen Ejecutivo.

Congreso de la República de Colombia (1993). Ley 99 de 1993.

Congreso de la República de Colombia (1994). Ley 165 de 1994 por medio del cual se aprueba el “Convenio sobre la Diversidad Biológica” hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992. Diario Oficial No. 41.589, de 9 de noviembre de 1994.

CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA CHACAO - CGPCH (2008). Conservación in situ de la biodiversidad. Sistema provincial de áreas naturales protegidas Ley 4358. Argentina.

Dudley, N. (editor) (2008). Directrices para la aplicación de las categorías de gestión de áreas protegidas. Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. Suiza.

Elbers, J. (2011). Las áreas protegidas de América Latina. Situación actual y perspectivas para el futuro. Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza UICN, Ecuador.

Fonseca, M. (2004). Comanejo o manejo conjunto de áreas protegidas. En ORGANIZACIÓN PARA ESTUDIOS TROPICALES, (2004). Lineamientos y herramientas para un manejo creativo de las áreas protegidas. Arguedas, M. E.; Castaño, B. L. y Rodríguez, J.M., ed. Organización para Estudios Tropicales. Programa de Política y Ciencias Ambientales. San José.

Frankel, O.H. (1977). Philosophy and strategy on genetic conservation in plants. In: Proceedings Third World Consultation on Forest Tree Breeding, Canberra, Australia.

FUNDACION ECOSISTEMAS SECOS - FES (2011).Plan de manejo ambiental del distrito de manejo integrado – DMI- Luriza, Usiacurí – Atlántico.

INSTITUTO ALEXANDER VON HUMBOLDT- IAVH (1997). Caracterización ecológica de cuatro remanentes de bosque seco tropical de la región caribe colombiana. Grupo de Exploraciones Ecológicas Rápidas, Villa de Leyva en FUNDACION ECOSISTEMAS SECOS, (2011). Plan de manejo ambiental del distrito de manejo integrado – DMI-Luriza, Usiacurí – Atlántico.´

INSTITUTO ALEXANDER VON HUMBOLT- IAVH (1998). El Bosque seco tropical (Bs-t) en Colombia. Programa de Inventario de la Biodiversidad. Grupo de Exploraciones y Monitoreo Ambiental GEMA.

INSTITUTO ALEXANDER VON HUMBOLT- IAVH (2005). Conformación de un corredor biológico en la zona amortiguadora del área de reserva de la estación biológica el vínculo, municipio de Buga, a través de procesos de participación comunitaria. Colombia.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA - IIAP (2004). Plan de conservación in situ y ex situ de la región de Loreto. Documento Técnico No. 08. Iquitos, Perú.

Linares, B. (1996). Recursos genéticos de especies de la familia Meliaceae en los neotrópicos. Prioridades para acción coordinada, Perú y norte de Sudamérica. Departamento de Montes. FAO. Roma. Italia. En Patiño, 1997 Fernando Patiño Valera. Recursos genéticos de Swietenia y Cedrela en los neotrópicos: Propuestas para Acciones Coordinadas. Roma, Italia. FAO, 1997. Consultado el 14 de noviembre de 2013. Extráido de: http://www.fao.org/docrep/006/ad111s/AD111S00.htm#TOC .

López, A. (1994). Declaraciones en el diario el País de 8 de mayo de 1994 citado por Martínez, 2006 pág. 23. En Martínez, 2006. Fórmulas alternativas de protección y gestión de los recursos naturales. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental Número 8. Editorial Aranzadi, S.a. 1era edición.

Martínez, F. (2006). Fórmulas alternativas de protección y gestión de los recursos naturales. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental Número 8. Editorial Aranzadi, S.a. 1era edición.

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - MAVDT (2010). Decreto 2372 de 2010 del 1 de julio de 2010. Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el Decreto Ley 216 de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las Categorías de Manejo que lo Conforman y se Dictan otras Disposiciones.

Nagendra, H., Southworth, J. and Munroe, D. (2007). Protected areas. Extraído de: http://www.eoearth.org/view/article/155375

Naranjo, L. (2012). Naturaleza y conservación en un nuevo mundo, pág. 20- 29, En Revista Innovación y Ciencia, Volumen XIX. N.1-2012. Asociación Colombiana para el avance de la ciencia, ACAC.

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS - ONU (1992) Convenio sobre diversidad biológica. Río de Janeiro, Brasil.

Ostrom, E. (2007). A diagnostic approach for going beyond panaceas. Proceedings of the National Academy of Sciences of the United States of America.

Oviedo, G. (2004). Áreas protegidas y pueblos indígenas. En ORGANIZACIÓN PARA ESTUDIOS TROPICALES, (2004). Lineamientos y herramientas para un manejo creativo de las áreas protegidas. Arguedas, M. E.; Castaño, B. L. y Rodríguez, J.M., ed. Organización para Estudios Tropicales. Programa de Política y Ciencias Ambientales. San José.
Presidencia de la República de Colombia (1974). Decreto Ley 2811 de 1974. Diario Oficial No. 34243 del 18 de diciembre de 1974 por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Presidencia de la República de Colombia (1989). Decreto 1974 de 31 de agosto de 1989 por el cual se reglamenta el artículo 310 del Decreto - Ley 2811 de 1974, sobre Distritos de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Renovables y la Ley 23 de 1973.
COLOMBIA. (1991). Constitución Política de Colombia.

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